
Este sutra condiciona la entrada al mercado a la pureza (śukla) y a la prevención del daño (atyaya derivado de apakāra), convirtiendo la protección del consumidor en estabilidad fiscal y de seguridad. Problema: la adulteración, los bienes inseguros, el deterioro y las disputas erosionan el bienestar, la confianza y la recaudación tributaria. Mecanismo: solo se “establecen/autoriza” las mercancías tras inspección y certificación de pureza y estado seguro. Control de riesgos: prevenir el atyaya (pérdida/deterioro) mediante manejo y almacenamiento regulados; bloquear el apakāra (daño público). Efecto de gobernanza: una aplicación predecible reduce pérdidas, querellas e incentivos para el comercio clandestino. Capacidad estatal: un Kośa más fuerte gracias a cobros estables, reforzando el Saptāṅga con financiación para la coerción y la administración.
Sutra 1
बाह्यमाभ्यन्तरं चातिथ्यम् ॥ कZ_०२.२२.०१ ॥
La hospitalidad (facilitación por parte del Estado) debe brindarse tanto a los de fuera como a los que están dentro del reino.
Sutra 2
निष्क्राम्यं प्रवेश्यं च शुल्कम् ॥ कZ_०२.२२.०२ ॥
El arancel aduanero se aplica tanto a las exportaciones (bienes que salen) como a las importaciones (bienes que entran).
Sutra 3
प्रवेश्यानां मूल्यपञ्चभागः ॥ कZ_०२.२२.०३ ॥
Para los bienes importados, el arancel es una quinta parte de su valor.
Sutra 4
पुष्पफलशाकमूलकन्दवाल्लिक्यबीजशुष्कमत्स्यमांसानां षड्भागं गृह्णीयात् ॥ कZ_०२.२२.०४ ॥
Sobre flores, frutas, verduras, raíces, tubérculos, enredaderas, semillas, productos secos, pescado y carne, debe cobrarse una sexta parte como arancel.
Sutra 5
शङ्खवज्रमणिमुक्ताप्रवालहाराणां तज्जातपुरुषैः कारयेत्कृतकर्मप्रमाणकालवेतनफलनिष्पत्तिभिः ॥ कZ_०२.२२.०५ ॥
En cuanto a conchas, diamantes, gemas, perlas, coral y collares, debe hacer que el trabajo lo realicen especialistas de ese oficio, con registros de la labor efectuada: su medida, tiempo, salarios, producción y culminación.
Sutra 6
क्षौमदुकूलक्रिमितानकङ्कटहरितालमनःशिलाञ्जनहिङ्गुलुकलोहवर्णधातूनां चन्दनागुरुकटुककिण्वावराणां चर्मदन्तास्तरणप्रावरणक्रिमिजातानामाजैडकस्य च दशभागः पञ्चदशभागो वा ॥ कZ_०२.२२.०६ ॥
Para el lino, la tela fina, las sedas, el estaño, el cobre/bronce, el oropimente, el rejalgar, el colirio, el cinabrio, los metales y los minerales/pigmentos de color; y para el sándalo, la madera de áloe (agarwood), los aromáticos picantes, los fermentos y otros bienes semejantes; así como para cueros, marfil, ropa de cama, cobertores, productos del gusano de seda y productos de cabra/oveja: el arancel es de una décima parte o de una quinceava parte.
Sutra 7
वस्त्रचतुष्पदद्विपदसूत्रकार्पासगन्धभैषज्यकाष्ठवेणुवल्कलचर्ममृद्भाण्डानां धान्यस्नेहक्षारलवणमद्यपक्वान्नादीनां च विंशतिभागः पञ्चविंशतिभागो वा ॥ कZ_०२.२२.०७ ॥
Para telas, animales de cuatro patas, animales de dos patas, hilo, algodón, perfumes, medicinas, madera, bambú, fibra de corteza, cuero y vasijas de barro; y para grano, aceites/grasas, álcali, sal, licor, comida cocida y artículos similares: el arancel es de una vigésima parte o de una vigésima quinta parte.
Sutra 8
द्वारादेयं शुल्कं पञ्चभागः आनुग्राहिकं वा यथादेशोपकारं स्थापय्तेत् ॥ कZ_०२.२२.०८ ॥
El derecho de puerta (gate-duty) es de una quinta parte; o bien puede fijar un derecho concesional/de alivio (ānugrāhika) en proporción al beneficio prestado a la localidad/región.
Sutra 9
जातिभूमिषु च पण्यानां विक्रयः ॥ कZ_०२.२२.०९ ॥
Los bienes deben venderse también en sus localidades designadas por categoría y zona de producción (jātibhūmi).
Sutra 10
खनिभ्यो धातुपण्यादाने षट्छतमत्ययः ॥ कZ_०२.२२.१० ॥
Por tomar mercancía mineral de las minas, la multa (atyaya) es de seiscientos (paṇas).
Sutra 11
पुष्पफलवाटेभ्यः पुष्पफलादाने चतुष्पञ्चाशत्पणो दण्डः ॥ कZ_०२.२२.११ ॥
Por tomar flores o frutos de huertos de flores y frutos, la multa es de cincuenta y cuatro paṇas.
Sutra 12
षण्डेभ्यः शाकमूलकन्दादाने पादोनं द्विपञ्चाशत्पणो दण्डः ॥ कZ_०२.२२.१२ ॥
Por tomar verduras, raíces o tubérculos de arboledas/plantaciones, la multa es de cincuenta y dos paṇas menos una cuarta parte (es decir, 39 paṇas).
Sutra 13
क्षेत्रेभ्यः सर्वसस्यादाने त्रिपञ्चाशत्पणः ॥ कZ_०२.२२.१३ ॥
Por tomar cualquier tipo de cosecha de los campos, la multa es de cincuenta y tres paṇas.
Sutra 14
पणोऽध्यर्धपणश्च सीतात्ययः ॥ कZ_०२.२२.१४ ॥
La sanción relativa a la tierra/ingresos agrícolas (sītā-atyaya) es de un paṇa y de un paṇa y medio (como cantidades tasadas).
Sutra 15
पण्यानां स्थापयेच् शुक्लमत्ययं चापकारतः ॥ कZ_०२.२२.१५च्द् ॥
Debe fijar (la escala de) las penas para las mercancías, y también la pena «śukla», en proporción al daño/abuso cometido.
Cleaner, safer markets with reduced adulteration and consumer harm; higher trust in state-supervised trade, fewer disputes, and steadier commercial flows that support prosperity and fiscal stability.
This sutra itself does not specify the fine; in the chapter’s regulatory logic, non-compliance (adulteration/harmful goods) is met with graded fines, confiscation, and punitive enforcement by the Paṇyādhyakṣa according to the severity of apakāra and the intent to defraud.